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El Acuerdo es con la Unión Europea. No vale buscar rebajas con cada Estado de los 27

Raúl Fuentes, el Subdirector General de Asuntos Institucionales en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en su ponencia sobre los efectos del Brexit en la ciudadanía ha destacado que una retirada a las bravas “tendría consecuencias devastadoras para la ciudadanía”.

Gran parte del Ministerio de Asuntos Exteriores se ha volcado por el Brexit, ya que trabaja en analizar “cómo afecta el Brexit a los derechos personales de los ciudadanos de la Unión y de los ciudadanos británicos”. Raúl Fuentes ha diferenciado cuatro grupos implicados: los y las españolas residentes en Reino Unido, los británicos residentes en España, españoles que viajan a Gran Bretaña y los británicos que viajan a España (por turismo, trabajo, estudios…). Cada uno de ellos tiene un tratamiento totalmente diferente, pero los une un solo principio: Desde el momento en el que se aplique el Brexit, Reino Unido se convertirá en un Estado tercero a efectos de la UE y la ciudadanía comunitaria perderá todos los privilegios como el derecho a la residencia, a la libre circulación dentro del mercado interior, a la asistencia sanitaria, a la exportación de pensiones. Es decir, todos aquellos elementos regulados en el Ordenamiento Comunitario. Eso, en el caso de un Brexit no pactado, ya que “a partir de esa retirada hay que ver lo que nos interesa ajustar y cambiar en función de cómo vayan las negociaciones”. Si da un Brexit abrupto, las y los británicos serán ciudadanos de cualquier otro país tercero y habrá que aplicarles el visado y limitar su estancia en la Unión. Por consiguiente, el no-deal del actual primer ministro Boris Johnson lo veo “con grave preocupación, porque tendría consecuencias devastadoras para la ciudadanía”.

Con la intención de contener ese posible impacto de un proceso de retirada no pactado, el Ministerio dispone cuatro fórmulas o posibilidades de abordar la situación:

La primera, el Acuerdo de Retirada, consiste en liquidar lo existente hasta ahora y hace referencia al pasado. El Acuerdo de Retirada aprobado unánimemente por los Estados miembros sigue vigente pese a la falta de ratificación en la Cámara de los Comunes. De hecho, Raúl Fuentes ha recordado e insistido en que la prórroga concedida a Gran Bretaña tiene el objetivo de lograr la necesaria ratificación y ha manifestado que “aunque esté escrito en las declaraciones del Consejo Europeo, Boris Johnson quiere irse sin el Acuerdo de Retirada. Alguien debería recordarle que la prórroga fue concedida para que se ratifique”. Es “el único y mejor acuerdo posible” y cree que no va haber una renegociación.

La Retirada dispone que “aquellos que habían adoptado sus decisiones vitales creyendo en el proyecto comunitario no se verían afectados por el Brexit” y es por ello que se prevén una serie de mecanismos para que los y las ciudadanas que estén residiendo en la UE y aquellos que están en el Reino Unido mantengan las mismas condiciones que venían disfrutando. Además, se ha ampliado la disposición, ya que no solo comprende la fecha de retirada sino también el periodo transitorio, es decir, el 31 de diciembre del 2020.

Raúl Fuentes ha recordado que, en la mayoría de los 27 socios de la Unión, existe un sistema declarativo, según el cual aquellos ciudadanos comunitarios, a partir del día del Brexit obtendrán el estatuto especial que le concede el Acuerdo de Retirada, de manera automática. No obstante, para los y las que residen en Reino Unido no es automático y se tiene que conseguir el denominado settled status, que requiere una larga tramitación para seguir residiendo allí. Raúl Fuentes ha dicho que “aquí somos mucho más garantistas, porque cuando una persona enseña el resguardo verde que muestra que se ha inscrito como ciudadano comunitario, se le emite la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), y gracias a ella recibirá, por ejemplo, la misma atención sanitaria en España”.

Respecto al segundo elemento, la declaración política, ha explicado que la cuestión nos vincula al futuro. “Nosotros queremos que en el acuerdo de relación futura esté la libre circulación de las personas, pero, como declaración de un texto-marco, aún no se sabe con certeza qué ocurrirá”. “Es una aspiración de la Unión a alcanzar la libre circulación”.

En tercer lugar, tenemos las medidas de contingencia, que se activarán en caso de llevar a cabo un Brexit abrupto. Constituyen una lista de 19 reglamentos y diversas normas de desarrollo. Es un marco de contingencia “conscientemente limitado en tiempo y en materia”. No obstante, como la fecha de salida se está posponiendo, la fecha prevista para el final del periodo de contingencia (31 de diciembre) se retrasará. Como es limitado, solamente se regulan determinadas cuestiones: los regímenes de seguridad, tráfico aéreo, asuntos marítimos…

Hay ciertas cuestiones que no se han regulado conscientemente, por ejemplo, el sellado de los pasaportes. Aunque una medida de contingencia exima a la ciudadanía británica de no necesitar un visado y les permita estar 180 días en la UE, sí que será obligatorio sellar el pasaporte, lo que creará “colas en el aeropuerto de Barajas a partir del 1 de noviembre y en el puerto de Bilbao”. Es “una decisión política de la Comisión”. Ocurrirá lo mismo con otros asuntos como el transporte de mascotas: “no puede ser lo mismo estar dentro que fuera de la Comunidad”

Asimismo, las contingencias generales aceptadas por la Unión se complementan con los de cada Estado miembro y, en el caso del Estado español,  existe  un real decreto-ley  “admirado y apreciado por todos Estados  miembros, ya que es una regulación de contingencia coherente”. Se basa en el principio de que todas las personas británicas que estén en el Estado español en el día de la retirada serán residentes legales. Esas personas, por tanto, no tendrán un estatuto nuevo, sino serán extranjeros con derecho a residir. Los y las que vengan después necesitarán un permiso de residencia y el proceso será el mismo que cualquier otro ciudadano de un tercer país.

“Nuestro reglamento es muy garantista y generoso, ya que reconoce todos los títulos, permite el acceso a las profesiones…”. Sin embargo, la condición de esa generosidad es la reciprocidad. “Se trata de una regulación unilateral que se aplicará en caso de reciprocidad; no es un mini deal. Esperamos que Reino Unido tenga un régimen similar. Si no, nosotros cortaremos las medidas de los beneficios que hemos establecido para los británicos”.

La última y la cuarta fórmula son los mini deals, pero la trampa que existe detrás de ello es que Reino Unido piense que los pequeños acuerdos creemos que debería imponerse el Acuerdo de Retirada, que es el único que asegura una salida ordenada”. Por consiguiente, “nosotros seguiremos negociando con los y las británicas para conseguir acuerdos administrativos que logren una reciprocidad, pero tenemos claro que nuestras medidas son unilaterales y que no vamos a entrar en mini deals.”